jueves, 10 de diciembre de 2009

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. ARTÍCULO Nº3 Y 4

Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.




Artículo 4.

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

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